Microrreserva de flora "Platja del Serradal"

La Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana, configuró diferentes categorías de protección de los espacios naturales de la Comunidad. Posteriormente, mediante el Decreto 70/2009, de 22 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas se estableció la denominación de “microrreserva de flora” con la finalidad de proteger a largo plazo a aquellas comunidades vegetales de alto valor científico por su riqueza en flora vascular rara, endémica o amenazada de la Comunitat Valenciana localizadas en parcelas de terreno natural de pequeña extensión.

Mediante la ORDEN 2/2019, de 12 de agosto, de la Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se declaran ocho microrreservas de flora en la provincia de Castellón, se otorgó esta figura de protección a la zona dunar localizada en la playa del Serradal de Castelló, con las características que se indican a continuación:

PLATJA DEL SERRADAL

Superficie proyectada: 9,24 hectáreas.

Término municipal: Castelló de la Plana.

Titularidad: dominio público marítimo terrestre.

Especies prioritarias: Pancratium maritimum, Medicago marina, Elymus farctus, Sporolobus pungens, Launaea fragilis, Silene ramossisima, Inula crithmoides, Halimione portulacoides, Limonium virgatum, Limonium girardianum.

Unidades de vegetación prioritarias:

  • Pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi) (Código Natura 2000: 1410)
  • Dunas móviles embrionarias (Código Natura 2000: 2110)
  • Dunas móviles del litoral con Ammophila arenaria (Código Natura 2000: 2120)
  • Dunas fijas del litoral del Crucienellion maritimae (Código Natura 2000: 2210)

Quedan excluidas de la microrreserva todas las actividades que comporten una remoción del sustrato o un daño a las plantas, incluida la recolección de cualquier tipo de material vegetal que tenga una finalidad diferente a la científica.

Las eventuales tareas de limpieza deberán llevarse a cabo de modo que no se altere la geomorfología de la playa, que deberá ser modelada únicamente por el viento y el oleaje. De considerarse necesario, podrían desarrollarse proyectos de regeneración dunar para acelerar el proceso de naturalización del sistema de dunas.

La limitación del acceso de personas y animales al sistema dunar se realizará con cerramientos lo suficientemente permeables como para permitir la libre circulación de pequeños mamíferos, anfibios, reptiles y aves, especialmente para el caso del chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus).

Queda prohibido circular con bicicletas y vehículos con motor por el interior de la microrreserva.

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