Fomento del empleo

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Bonificación máxima del 25% en el IBI a los inmuebles en los que se acredite un incremento medio en la plantilla de trabajadores.

Requisitos:

  • Que el titular de la actividad económica sea el sujeto pasivo del IBI correspondiente al inmueble donde se ejerce dicha actividad.
  • Acreditar el incremento de la plantilla respecto a los dos últimos ejercicios.
  • Que dicho incremento se mantenga, al menos, hasta la finalización del ejercicio en el que se solicita y el siguiente.
  • Que los trabajadores contratados hayan estado inscritos como demandantes de empleo en el SERVEF.

Documentación Requerida:

  • Instancia/solicitud de bonificación.
  • Impreso 036 de alta en el Censo de Actividades Económicas.
  • TC2 de los dos últimos ejercicios.

Periodo de aplicación:

  • Año en curso.

Fecha tope de solicitud:

  • Hasta el 28 de febrero o, si este fuese festivo, hasta el día hábil inmediato posterior.