Huertos urbanos

​​​​​​Los huertos urbanos constituyen una herramienta de gestión del espacio agrario periurbano, que sirve de nexo de unión entre el mundo rural y el urbano.

De acuerdo con la Ley 5/2019, de 28 de febrero, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana, los huertos urbanos se organizan como un sistema compuesto de parcelas de reducidas dimensiones para el cultivo tradicional de plantas hortícolas destinadas al autoconsumo, mediante el uso de técnicas respetuosas con la naturaleza, preferentemente basadas en las propuestas actuales de agricultura ecológica.

 

Con esta herramienta se pretende, además de propiciar de una alternativa de disfrute y entretenimiento individual para las personas adjudicatarias de los huertos, fomentar valores sociales como son la sensibilización ambiental, el respeto hacia el entorno, el desarrollo sostenible dentro de la ciudad, la participación ciudadana y la gestión racional de recursos.

 

La autorización del uso de huertos urbanos irá dirigida a vecinos y vecinas del municipio, priorizando determinados colectivos, entidades sin ánimo de lucro municipales con carácter específico y colegios de educación primaria de Castellón de la Plana.

 

El objetivo de estas bases es establecer los requisitos y el procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones de uso de los huertos urbanos cuyo titular es el Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

 

Las solicitudes podrán presentarse presencialmente en Registro o telemáticamente a través de sede electrónica.

 

El plazo de la convocatoria está abierto y la fecha límite para presentar las solicitudes es hasta el 19 de septiembre incluido.

 

Bases y convocatoria de huertos urbanos municipales

 

Solicitud

 

Acta de acreditación

​​​​​​​

Enlace al trámite

 

 


​​​​​