Social

Bonificación del 30% en el IBI a los inmuebles que se destinen a uso social (cesión gratuita o alquiler social a familias en riesgo de exclusión o en proceso de inclusión).

Requisitos:

  • Que el titular de la actividad económica sea el sujeto pasivo del IBI correspondiente al inmueble donde se ejerce dicha actividad.
  • Que el uso que figure en el Censo Catastral sea ajustado a la actividad realizada.

Documentación Requerida:

  • Instancia/solicitud de bonificación.
  • Impreso 036 de alta en el Censo de Actividades Económicas.
  • Certificado acreditativo expedido por la Concejalía Delegada de Bienestar Social.

Periodo de aplicación:

  • Año en curso.

Fecha tope de solicitud:

  • Hasta el 28 de febrero o, si este fuese festivo, hasta el día hábil inmediato posterior.